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Articulo 122 normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión

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Artículo 122. Recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

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Sin perjuicio de las vías de recurso que ofrece el Estatuto, el auditor interno podrá recurrir directamente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra todo acto relativo al ejercicio de sus funciones de auditor interno. Interpondrá este recurso en el plazo de tres meses a partir de la fecha en la que tuvo conocimiento del acto controvertido.

La instrucción y resolución del recurso se llevarán a cabo conforme a lo dispuesto en el artículo 91, apartado 5, del Estatuto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2018 en vigor desde 02-08-2018