Articulo 122 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2015 de la Generalitat
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»Artículo 122
Vigente
Se modifica el apartado 1.b del artículo 2 de la Ley 2/2015, de 2 de abril de la Generalitat, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana, que queda redactada de la siguiente manera:
b) El sector público instrumental de la Generalitat, en los términos definidos en el artículo 2.3 de la Ley 1/2015 de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016