Articulo 1212 Medidas tri...008 Aragón

Articulo 1212 Medidas tributarias 2008 Aragón

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Artículo 121-2.-Tipo impositivo de las concesiones administrativas y actos administrativos asimilados.

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1. El tipo de gravamen aplicable a las concesiones administrativas y a los actos y negocios administrativos fiscalmente equiparados a aquellas, como constitución de derechos, será el 7 por 100, siempre que dichos actos lleven aparejada unaconcesión demanial, derechos de uso o facultades de utilización sobre bienes de titularidad de entidades públicas calificables como inmuebles conforme al artículo 334 del Código Civil.

2. La ulterior transmisión onerosa por acto ínter vivos de las concesiones y actos asimilados del apartado anterior tributará, asimismo, al tipo impositivo del 7 por 100.