Articulo 121 Actividad Física y Deporte de Asturias
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 121.-Compatibilidad de la potestad disciplinaria deportiva.
Vigente
El ejercicio de la potestad disciplinaria deportiva es compatible e independiente de otras responsabilidades administrativas, de la responsabilidad civil o penal, así como del régimen derivado de las relaciones laborales, que se regirán por la legislación correspondiente en cada caso.