Articulo 120 Medidas Fisc...eneralitat

Articulo 120 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2013 de la Generalitat

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Artículo 120

Vigente

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Se modifica el apartado 1 del artículo 14 de la Ley 4/1988, de 3 de junio, del juego de la Comunitat Valenciana, dándole la siguiente redacción:

1. Podrá autorizarse la celebración de rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias en las condiciones y requisitos que reglamentariamente se establezcan.

Las combinaciones aleatorias con fines publicitarios estarán exceptuadas de esta autorización, siempre que la participación del público en estas actividades sea gratuita y en ningún caso exista sobreprecio o tarificación adicional.

Igualmente podrá autorizarse reglamentariamente la celebración de rifas y tómbolas cuyo beneficio se destine íntegramente a la financiación de fiestas populares.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 01-01-2014