Articulo 120 Deporte y la...dad Física

Articulo 120 Deporte y la Actividad Física

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 120. Potestad jurisdiccional deportiva en el ámbito electoral

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La potestad jurisdiccional deportiva en el ámbito electoral es la facultad que se atribuye a los legítimos titulares de la misma para conocer y resolver las cuestiones que se planteen en relación con los procesos electorales o mociones de censura de los órganos de representación y gobierno de las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana.

2. El ejercicio de esta potestad corresponde:

a) A las juntas electorales de las federaciones deportivas.

b) Al Tribunal del Deporte de la Comunitat Valenciana.

3. Los órganos mencionados podrán imponer las sanciones previstas en los artículos 127, 128 y 129 de esta ley por las infracciones que en materia electoral prevén los artículos 124, 125 y 126.