Articulo 12 Uso de inform...es penales

Articulo 12 Uso de información para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales

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Artículo 12. Intercambio de información entre Europol y las UIF

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1. Cada Estado miembro velará por que su UIF esté facultada para responder a las solicitudes debidamente motivadas que formule Europol a través de la unidad nacional de Europol o, si así lo permite dicho Estado miembro, mediante contactos directos entre la UIF y Europol. Dichas solicitudes estarán relacionadas con información financiera y análisis financieros y se presentarán, teniendo en cuenta las características de cada caso, dentro de los límites de las responsabilidades de Europol y para el desempeño de sus funciones.

2. El artículo 32, apartado 5, de la Directiva (UE) 2015/849 y el artículo 7, apartados 6 y 7, del Reglamento (UE) 2016/794 se aplicarán a los intercambios realizados en virtud del presente artículo.

3. Los Estados miembros velarán por que, si no se responde a una solicitud, se explique de manera fundamentada.

4. Los Estados miembros se asegurarán de que las UIF puedan solicitar apoyo a Europol, si precede, cuando efectúen el análisis conjunto a que se refieren el artículo 32 de la Directiva (UE) 2024/1640 y el artículo 40 del Reglamento (UE) 2024/1620 del Parlamento Europeo y del Consejo (*6), previo acuerdo de todas las UIF participantes, dentro de los límites del mandato de Europol y para el desempeño de las funciones establecidas en el artículo 4, apartado 1, letras h) y z), del Reglamento (UE) 2016/794, y sin perjuicio de las competencias de la Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo, establecida en el Reglamento (UE) 2024/1620.

(*6) Reglamento (UE) 2024/1620 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2024, por el que se crea la Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1093/2010, (UE) n.º 1094/2010 y (UE) n.º 1095/2010 (DO L, 2024/1620, 19.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1620/oj).