Articulo 12 TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 12.23-4. Cuota
Vigente
La cuota de la tasa es de 50 euros por cada ejemplar inscrito.
Modificaciones
- Modificación realizada (12.23-4, se añade) por LEY 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
(DOGC de 13-03-2015) en vigor desde 14-03-2015 - Texto Original. Publicado el 27-06-2008 en vigor desde 14-03-2015