Articulo 12 TR de la ley ...naturaleza

Articulo 12 TR. de la ley de conservación de la naturaleza

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Artículo 12.-

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1. Se crea el Registro de la Red de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el que se incluirán todos los espacios pertenecientes a la misma.

2.- Asimismo, en cada uno de los territorios históricos se creará un Registro de Espacios Naturales Protegidos, en el que se incluirán todos aquellos espacios naturales protegidos cuya gestión les corresponda.

3.- Los Registros serán públicos de carácter administrativo con funciones informativas.

4.- La anotación de los espacios naturales de la Red en el Registro será realizada de oficio y deberá contener la información mínima siguiente.

a) La norma legal de declaración.

b) Delimitación literal y cartográfica detallada del ámbito territorial del espacio.

c) Información administrativa y legal del territorio.

d) El correspondiente instrumento de planificación, ordenación, uso y gestión.