Articulo 12 Servicios Sociales de Murcia

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Artículo 12.- El Catálogo de prestaciones del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.

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1. El Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia es un instrumento de desarrollo uniforme y homogéneo del Sistema de Servicios Sociales mediante el que se determinan, ordenan y califican las prestaciones del Sistema de Servicios Sociales, diferenciando entre:

a) Prestaciones garantizadas, que serán exigibles como derecho subjetivo.

b) Prestaciones condicionadas, que dependerán de la disponibilidad de recursos y del orden de prelación y concurrencia que al efecto se establezca, pudiendo, en su caso, determinarse la obligatoriedad de su existencia y su disponibilidad.

2. En los términos que determine el Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales, una misma prestación podrá ser calificada como garantizada o condicionada en razón al grupo de población o de necesidad a la que atienda.

3. El Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales deberá garantizar la adecuación y coherencia de su contenido con la planificación autonómica y el Mapa de Servicios Sociales de la Región de Murcia, así como, en su caso, con la planificación local.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2021 en vigor desde 30-08-2021