Articulo 12 Se regula el ...Desarrollo

Articulo 12 Se regula el Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo

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Artículo 12. Coordinación

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Las actuaciones y decisiones del Consejo deberán adecuarse a los criterios de coordinación y complementariedad y a los instrumentos y comisiones de coordinación, previstos en las disposiciones legales de la Generalitat en el ámbito de la cooperación al desarrollo.

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  • Texto Original. Publicado el 22-06-2016 en vigor desde 23-06-2016