Articulo 12 Reglamento de...tractuales

Articulo 12 Reglamento de los procedimientos especiales de revision de decisiones en materia contractual y de organizacion del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales

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Artículo 12. Lengua de los procedimientos que competen al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

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1. Los escritos y documentos de cualquier clase dirigidos al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales que presenten los interesados en los procedimientos que son objeto de este Reglamento, deberán estar redactados en castellano. Si lo estuvieran en alguna de las lenguas cooficiales deberán presentarse acompañados de la traducción al castellano.

2. La presentación de escritos y documentos de cualquier clase redactados en lenguas extranjeras no producirá ningún efecto ante el Tribunal si no van acompañados de la correspondiente traducción al castellano con los requisitos legalmente exigibles.

3. En todo caso los escritos y documentos deberán ir firmados por los interesados. La falta de presentación de la traducción al castellano podrá subsanarse en los términos previstos en el artículo 44.5 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público o en el 104.5 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-09-2015 en vigor desde 25-10-2015