Articulo 12 Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales
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»Artículo 12. Información censal complementaria respecto de las personas físicas residentes en España incluidas en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Vigente
Respecto de las personas físicas residentes en España, constarán en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, además de su domicilio fiscal, el lugar donde tengan efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios en territorio español, cuando sea distinto del domicilio fiscal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2013 en vigor desde 20-12-2013