Articulo 12 del Registro y gestión de apoderamientos y de sucesiones y representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria
Duodécimo. Contenido del Registro de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados.
Se harán constar los siguientes datos al dar de alta en el Registro:
a) Nombre y apellidos, denominación o razón social y NIF de la persona física fallecida, persona jurídica o de la entidad carente de personalidad jurídica extinguida o de la persona carente de capacidad de obrar conforme a derecho.
b) Nombre y apellidos, denominación o razón social y NIF del sucesor o representante legal de la persona carente de capacidad de obrar anteriormente referida.
c) Porcentaje en la liquidación, participación o herencia.
d) Cuota de liquidación, patrimonio o caudal hereditario.
e) Número de referencia del alta y fecha de alta en el Registro.
Los datos a los que se refieren las letras c) y d) anteriores se harán constar si se aportan en la solicitud de incorporación al Registro.
- Artículo modificado por Resolución de 9 de marzo de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 18 de mayo de 2010, en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por internet ante la Agencia Tributaria.
(BOE de 19-03-2018) en vigor desde 20-03-2018