Articulo 12 Registro esta...udiovisual

Articulo 12 Registro estatal de prestadores de los servicios de comunicación audiovisual, de intercambio de vídeos a través de plataforma y de agregación de servicios de comunicación audiovisual

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Artículo 12. Datos y actos del prestador objeto de inscripción.

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1. Los prestadores deberán aportar la siguiente información:

a) Nombre y apellidos o en su caso, denominación o razón social y nacionalidad.

b) Número de identificación fiscal (NIF) si el prestador es español o número de identidad de extranjero (NIE).

c) Domicilio social o, en su caso, fiscal.

d) Domicilio y dirección de correo electrónico a efectos de puesta a disposición de notificaciones electrónicas.

e) Nombre y apellidos, NIF o NIE, domicilio, dirección de correo electrónico a efectos de puesta a disposición de notificaciones electrónicas, teléfono y documento acreditativo de la capacidad de representación del representante legal del prestador. Si estuviese inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado, deberá indicarse.

f) Datos relativos al órgano de administración: tipo de órgano de administración, nombre de cada uno de los miembros, cargo, fecha de nombramiento, NIF o NIE.

g) Carácter público (incluyendo el control directo o indirecto de un tercer estado) o privado.

h) Documentación acreditativa de la constitución de la persona jurídica.

i) Logotipo y marca comercial.

j) Causa de establecimiento en España dentro de los supuestos previstos en el artículo 3 de la Ley 13/2022, de 7 de julio.

2. Además, los prestadores del servicio de comunicación audiovisual deberán aportar los siguientes datos y documentos:

a) Titulares de participaciones significativas en el capital social e identificación fiscal (NIF o NIE), con indicación de los porcentajes correspondientes tanto directa como indirectamente. Se deberá identificar si el titular, directa o indirectamente, es un tercer estado. Asimismo, se debe indicar el número de acciones por accionistas con participaciones significativas. Se entenderá por participación significativa lo establecido en el artículo 38 de la Ley 13/2022, de 7 de julio.

b) Documentos que acrediten los actos y negocios jurídicos que impliquen la transmisión, disposición o gravamen de las acciones a que se refiere la letra anterior o la cesión o promesa de cesión de acciones, participaciones o títulos equivalentes que tenga como efecto la adquisición directa o indirecta de las acciones de una empresa cuyo objeto sea la prestación de un servicio de comunicación audiovisual.

c) Número y proporción de mujeres integrantes del órgano de administración de la sociedad.

d) Punto de contacto con el prestador a disposición del espectador para la comunicación directa con el responsable editorial y garantizar el derecho de queja y réplica.

e) Sitio web corporativo en el que conste la información recogida en el artículo 42 de la Ley 13/2022, de 7 de julio.

f) Declaración responsable manifestando no estar incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 19.1 de la Ley 13/2022, de 7 de julio.

3. Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal mediante ondas hertzianas terrestres deberán aportar también una declaración responsable anexa, sobre la no participación del prestador y/o de sus socios o titulares con participaciones significativas, en el capital o derechos de voto de otros prestadores de comunicación audiovisual televisiva o, en caso contrario, no rebasar los límites establecidos en el artículo 35 de la Ley 13/2022, de 7 de julio.

4. Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual radiofónico mediante ondas hertzianas terrestres deberán aportar también una declaración responsable anexa, relativa al cumplimiento de los límites establecidos en el artículo 78 de la Ley 13/2022, de 7 de julio.

5. Los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma deberán aportar el sitio web corporativo, en el que deberá constar la información recogida en el artículo 42 de la Ley 13/2022, de 7 de julio.