Articulo 12 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon
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»Artículo 12. Derechos de las personas.
Vigente
1. Todas las personas tienen derecho a vivir con dignidad, seguridad y autonomía, libres de explotación, de malos tratos y de todo tipo de discriminación, y tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad y capacidad personal.
2. Todas las personas tienen derecho a las prestaciones sociales destinadas a su bienestar, y a los servicios de apoyo a las responsabilidades familiares para conciliar la vida laboral y familiar, en las condiciones establecidas por las leyes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 23-04-2007