Articulo 12 Prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears
Articulo 12 Prestaciones ...es Balears

Articulo 12 Prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 12. Infracciones

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Constituyen infracciones administrativas las acciones u omisiones de las personas titulares de las prestaciones económicas sociales tipificadas como tales en este Decreto ley, que pueden ser especificadas en los reglamentos que lo desarrollen. Las infracciones no podrán ser objeto de sanción sin la previa instrucción del oportuno procedimiento.

2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

3. Son sujetos responsables las personas físicas a quienes sean imputables las acciones u omisiones constitutivas de infracciones tipificadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-07-2022 en vigor desde 13-07-2022