Articulo 12 Patrimonio de C La Mancha -Derogada-
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Artículo 12.

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El Consejero de Economía y Hacienda, a propuesta del Director general de Hacienda, elevará al Consejo de Gobierno antes de finalizar el primer semestre de cada año, el inventario general actualizado. El Consejo de Gobierno publicará el citado inventario, en la forma que estime conveniente dentro del tercer trimestre de cada año.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-12-1985 en vigor desde 23-12-1985