Articulo 12 Parejas de Hecho de Extremadura
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»Artículo 12.- Normativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura de derecho público
Vigente
Los derechos y obligaciones establecidos en la normativa extremeña de derecho público, serán de aplicación a los miembros de la pareja de hecho, en especial en materia presupuestaria, de subvenciones y de tributos propios.