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Articulo 12 Oficina de Contratación y sistema de contratación centralizada

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Artículo 12. Competencias de la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda.

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1. Corresponden a la persona titular de la consejería competente en materia de Hacienda las siguientes competencias respecto a la contratación centralizada:

a) Ser el órgano de contratación centralizada sectorial en el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos.

b) Convocar las licitaciones, resolver las adjudicaciones y formalizar los contratos y acuerdos marco para la contratación de las obras, suministros y servicios que hayan sido declaradas de contratación centralizada sectorial. c) Concretar, mediante orden, las características que han de reunir las obras, suministros y servicios para ser considerados de especial relevancia cualitativa o cuantitativa a efectos de poder ser declarados de contratación centralizada sectorial.

d) Declarar, mediante orden, nuevas categorías de suministros y servicios de contratación centralizada transversal, así como modificar las ya declaradas.

e) Declarar, mediante orden, nuevos servicios especializados para la contratación de suministros y servicios que revistan una particular especificidad técnica, así como modificar los ya declarados.

f) Solicitar la adhesión de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos a la Central de Contratación del Estado y a sus acuerdos marco específicos.

g) Autorizar a las consejerías de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y a sus organismos autónomos, la contratación de suministros y servicios incluidos dentro del objeto de los acuerdos marco de la Central de Contratación del Estado a los que esta comunidad autónoma esté adherida, al margen de los mismos.

h) Autorizar la adhesión del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y de los entes del sector público regional al sistema de contratación centralizada, excepto la adhesión a servicios especializados de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

i) Suscribir con la Universidad de Castilla-La Mancha y con las Entidades Locales de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha los convenios de adhesión al sistema de contratación centralizada, excepto la adhesión a servicios especializados, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

j) Cuantas otras competencias pudieran serle atribuidas o le otorgue el ordenamiento jurídico en materia de contratación centralizada.

2. La persona titular de la consejería competente en materia de Hacienda tendrá las siguientes competencias en el ejercicio de sus funciones de coordinación de la contratación del sector público regional:

a) Proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de instrucciones y acuerdos en materia de cláusulas sociales, de perspectiva de género y medioambientales en la contratación del sector público regional, así como de reserva de contratos a Centros Especiales de Empleo y a empresas de inserción.

b) Aprobar, en el ejercicio de su competencia, las normas que considere necesario dictar en materia de contratación pública.

c) Aprobar, a propuesta de la Junta Central de Contratación, los modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares que han de regir en el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, organismos autónomos y entes del sector público regional que, a efectos de la legislación aplicable, tienen la consideración de Administraciones Públicas.