Articulo 12 Normas de uni...rdia Civil

Articulo 12 Normas de uniformidad de la Guardia Civil

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Artículo 12. Utilización del sable.

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El sable se utilizará, con carácter general, por los empleos de las categorías de oficiales generales, oficiales y suboficiales de la Guardia Civil en los siguientes casos:

a) Jefaturas de unidades de entidad sección y superiores a ésta, en las formaciones y desfiles con armas.

b) Oficiales abanderados, portaestandartes y jefes de escolta de la Bandera, en las formaciones y desfiles con armas.

c) Alumnado de los centros docentes de formación de la Guardia Civil que curse la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales o a la Escala de Suboficiales, en las formaciones y desfiles en que así se determine por la autoridad que las organice.

d) En las ceremonias de juramento ante la Bandera y en actos de relevo de mando, en la forma que se determine.

e) En formaciones y desfiles, por todo el personal de la unidad que tome parte con uniformes tradicionales e históricos que se determinen por la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-03-2023 en vigor desde 24-03-2023