Articulo 12 Norma de cali...e la sidra

Articulo 12 Norma de calidad de las diferentes categorías de la sidra natural y de la sidra

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Artículo 12. Características de los productos terminados.

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1. Desde el punto de vista de la calidad alimentaria, además de las características establecidas en sus respectivas definiciones, las diferentes categorías de sidra natural y de sidra tendrán:

a) Una acidez volátil, constituida por todos los ácidos de la serie acética, inferior a 2,2 g/l de ácido acético.

b) Un contenido en metanol inferior a 200 mg/l.

2. Desde el punto de vista de la calidad alimentaria, además de las características establecidas en sus respectivas definiciones y en el apartado 1, las diferentes categorías de sidra natural tendrán:

a) Un extracto seco no reductor superior a 14 g/l.

b) Un contenido en cenizas superior a 1,8 g/l.

3. Desde el punto de vista de la calidad alimentaria, además de las características establecidas en sus respectivas definiciones y en el apartado 1, las diferentes categorías de sidra tendrán:

a) Un extracto seco no reductor superior a 13 g/l.

b) Un contenido en cenizas superior a:

1.º 1,5 g/l, en el caso de la sidra.

2.º 1,8 g/l, en el caso de la sidra extra.

3.º 0,6 g/l, en el caso del cóctel de sidra.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-02-2017 en vigor desde 22-02-2017