Articulo 12 Medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público
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»Artículo 12. Reducción voluntaria de jornada.
Vigente
Hasta el 31 de diciembre de 2014, el personal funcionario y laboral fijo podrá solicitar la reducción de jornada, hasta un máximo de un tercio, con la correspondiente reducción proporcional de retribuciones, siempre y cuando no afecte a las necesidades del servicio, estimadas mediante resolución motivada del órgano competente.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de lacomunidad autónoma de las Illes Balears para el año2014
(BOIB de 31-12-2013) en vigor desde 01-01-2014