Articulo 12 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 1998 C. León
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»Artículo 12. Cuotas.
Vigente
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
a) Por resolución sobre habilitación sin examen 5.500 pesetas.
b) Por resolución sobre habilitación con examen 12.500 pesetas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-1998 en vigor desde 01-01-1999