Articulo 12 Mapa de Servicios Sociales

Articulo 12 Mapa de Servicios Sociales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 12. Zonas Básicas de servicios sociales

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Para la delimitación de las zonas básicas de servicios sociales se tendrán en cuenta los siguientes criterios específicos:

a) La agrupación de entidades locales con un número de población inferior a los 5.000 habitantes hasta conformar una zona básica.

En aquellos ámbitos geográficos caracterizados por una baja densidad de población distribuidos en una alta dispersión de pequeños municipios y en una amplia extensión territorial no se tendrá en cuenta el criterio básico de número de habitantes, por lo que podrán formarse zonas básicas de servicios sociales aun cuando no alcancen los 5.000 habitantes.

Asimismo, por razones de eficiencia y optimización de recursos, los municipios próximos entre sí deberán agruparse en forma de mancomunidades para la gestión de servicios sociales y formar una misma zona básica aun cuando uno o varios de ellos posea más de 5.000 habitantes.

b) Para la vinculación de distintas localidades en una misma zona básica de servicios sociales se tendrá en consideración las organizaciones supramunicipales ya existentes para la gestión de servicios sociales en sus formas de mancomunidades.

Con carácter general, las mancomunidades existentes que gestionan servicios sociales serán la referencia preferente para la adecuada determinación territorial de los servicios que correspondan tanto a las zonas básicas como a las áreas que se establezcan, valorando la experiencia desarrollada en los años que hayan compartido servicios mediante las subdivisiones que puedan haber establecido.

2. Las zonas básicas de servicios sociales conformadas por municipios con población inferior a los 5.000 habitantes son las establecidas en el anexo II, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria primera de este decreto en cuanto a su temporalidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-04-2021 en vigor desde 16-04-2021