Articulo 12 inspectoresjefes Organización y atribución de funciones a la inspección de tributos en el ámbito de la competencia del Dpto. de Inspección Financiera y Tributaria
Once. Disposición adicional segunda.
A petición del titular de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes:
a) El titular del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria podrá autorizar la colaboración de funcionarios de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude y de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional en actuaciones propias de Equipos de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central.
b) El correspondiente Delegado Especial de la Agencia Tributaria podrá autorizar que los funcionarios, Equipos o Unidades de Inspección que fueran competentes por razón del domicilio colaboren en las actuaciones de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central respecto a los obligados tributarios adscritos a ésta.
Cuando resulte adecuado para el desarrollo del plan de control tributario, el titular del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria podrá acordar la extensión de las competencias de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero o de los Equipos integrados en la misma, al ámbito de las Delegaciones Especiales, oídos los Delegados afectados, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2.e) de la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los Departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se le atribuyen funciones y competencias.
Estas autorizaciones deberán constar en el correspondiente expediente y se exhibirán por los funcionarios autorizados a petición del obligado tributario.
- Modificación realizada (Once) por Resolución de 4 de abril de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la inspección de los tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
(BOE de 05-04-2019) en vigor desde 06-04-2019 - Modificación realizada (Once) por Resolución de 13 de marzo de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
(BOE de 15-03-2013) en vigor desde 01-04-2013 - Modificación realizada por RESOLUCION de 12 de diciembre de 2007, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organizacion y atribucion de funciones a la Inspeccion de los Tributos en el ambito de la competencia del Departamento de Inspeccion Financiera y Tributaria.
(BOE de 26-12-2007) en vigor desde 01-01-2008 - Modificación realizada (Diez ter.) por RESOLUCION de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria, por la que se establece la estructura organica de la Delegacion Central de Grandes Contribuyentes.
(BOE de 31-12-2005) en vigor desde 01-01-2006 - Modificación realizada (Apdo. Doce) por RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992 sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
(BOE de 24-03-2003) en vigor desde 25-03-2003 - Modificación realizada (Apdo. Doce) por RESOLUCION de 27 de octubre de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria, por la que se crea la Oficina Nacional de Investigacion del Fraude en el Departamento de Inspeccion Financiera y Tributaria, se crean equipos de estudio del fraude en los Departamentos de Recaudacion y Gestion Tributaria, se ordena la elaboracion del Plan General de Control Tributario y se modifica la Resolucion de 24 de marzo de 1992 de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria, sobre organizacion y atribucion de funciones a la inspeccion de los tributos en el ambito del Departamento de Inspeccion Financiera y Tributaria.
(BOE de 06-11-1998) en vigor desde 07-11-1998 - Modificación realizada (Apdo. Doce (n?ºm. 2 y suprime n?ºm. 3, que pasa a tener el texto del 4)) por RESOLUCION DE 17 DE FEBRERO DE 1998, DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA DE DETERMINADOS SERVICIOS Y SE ATRIBUYEN COMPETENCIAS A LA INSPECCION DE LOS TRIBUTOS EN MATERIA DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCION FINANCIERA Y TRIBUTARIA.
(BOE de 04-03-1998) en vigor desde 05-03-1998 - Modificación realizada (Apdo. Doce (n?ºm. 2, letras f y g)) por RESOLUCION DE 16 DE FEBRERO DE 1996, DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, DE REORGANIZACION DE DETERMINADOS SERVICIOS EN EL AMBITO DE LA COMPETENCIA DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCION FINANCIERA Y TRIBUTARIA.
(BOE de 20-02-1996) en vigor desde 21-02-1996 - Modificación realizada (Apdo. Doce (n?ºm. 3 y 4)) por RESOLUCION DE 16 DE DICIEMBRE DE 1994, DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACION PARCIAL DE DETERMINADOS ORGANOS GESTORES CENTRALES Y TERRITORIALES DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA.
(BOE de 28-12-1994) en vigor desde 29-12-1994 - Modificación realizada (Apdo. Doce (n?ºm. 2, letras f y g)) por RESOLUCION DE 11 DE JULIO DE 1994, DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, SOBRE ORGANIZACION Y ATRIBUCION DE FUNCIONES A LA INSPECCION DE LOS TRIBUTOS EN EL AMBITO DE LA COMPETENCIA DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCION FINANCIERA Y TRIBUTARIA.
(BOE de 20-07-1994) en vigor desde 10-08-1994 - Artículo modificado por RESOLUCION DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1992, DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, POR LA QUE SE ESTRUCTURAN Y SE ATRIBUYEN COMPETENCIAS A LOS ORGANOS DE RECAUDACION DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA.
(BOE de 30-09-1992) en vigor desde 15-10-1992