Articulo 12 Hacienda y Sector Público
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Artículo 12. Prerrogativas.

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La Comunidad de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, gozará de las mismas prerrogativas y beneficios fiscales que la Ley establece para el Estado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-2006 en vigor desde 29-05-2006