Articulo 12 Función Publi...-Derogada-

Articulo 12 Función Publica de Asturias -Derogada-

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Artículo 12.

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1. Los órganos superiores en materia de función pública de la Administración del Principado se clasifican en decisorios y consultivos.

2. Son órganos decisorios:

a) El Presidente del Principado.

b) El Consejo de Gobierno.

c) El Consejero de la Presidencia.

d) El Consejero de Hacienda y Economía.

e) Los Consejeros, en el ámbito de sus respectivas Consejerias.

3. Es órgano consultivo la Comisión Superior de Personal.