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Articulo 12 Drogodependencias y otras adicciones

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Artículo 12. La prevención en el medio laboral.

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El Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería competente en la materia, en colaboración con otras Administraciones y los agentes sociales, pondrán en marcha programas de prevención en el medio laboral sobre el consumo de drogas, alcohol y tabaco, como parte de las actividades previstas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-10-2001 en vigor desde 12-11-2001