Articulo 12 Creación del Servicio de Salud
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»Artículo 12. Estructura orgánica.
Vigente
El resto de órganos y unidades del Servicio Cántabro de Salud se establecerá mediante Decreto del Gobierno de Cantabria por el que, a propuesta del Consejero de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales, se apruebe la estructura orgánica del Organismo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2001 en vigor desde 01-01-2002