Articulo 12 Coordinación de Policías Locales de C. León
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»Artículo 12. Gestión directa.
Vigente
El ejercicio de las competencias de las Corporaciones Locales en el mantenimiento de la seguridad pública será prestado directamente por aquéllas, no pudiéndose reservar su ejercicio a sistemas de gestión indirecta del servicio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-04-2003 en vigor desde 04-05-2003