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Articulo 12 Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales

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Artículo 12. Procedimiento de elaboración.

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1. El procedimiento de elaboración se iniciará en virtud de Resolución de la Dirección General de Medio Ambiente.

2. Siempre que la iniciación se hubiese acordado a solicitud razonada de persona interesada, o a petición de otros órganos, en el plazo de un mes la Dirección General de Medio Ambiente deberá emitir un informe valorativo previo sobre la oportunidad de elaborar el Plan.

En el caso de ser favorable, conllevará automáticamente la impulsión de los trámites. La Dirección General de Medio Ambiente informará de la Resolución, independientemente de sus resultados, a las personas interesadas o a los órganos peticionarios.

3. Una vez ultimada la redacción por parte de la Dirección General de Medio Ambiente, que deberá recabar previamente un informe de la Comisión Regional de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, la citada Dirección aprobará inicialmente el Proyecto de Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, el cual será sometido simultáneamente a la siguiente tramitación:

a) Audiencia a los interesados durante un plazo de treinta días. Este acto tendrá como destinatarios, al menos, a los propietarios de los terrenos afectados por el proyecto, sin perjuicio de las alegaciones que en ese plazo presenten quienes acrediten ser interesados en virtud de otro derecho sobre los terrenos.

b) Consultas durante el plazo de un mes de los intereses sociales e institucionales afectados y de las asociaciones que persigan el logro de los objetivos del artículo 2 de la presente Ley. En todo caso, serán consultados los Ayuntamientos cuyos términos municipales pudieran resultar incluidos total o parcialmente en el ámbito territorial del proyecto, así como las organizaciones agrarias y sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma y de la zona susceptible de declaración.

c) Petición de informe, que deberá emitirse en el plazo de un mes, a otros órganos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o a otras Administraciones públicas que tengan atribuidas competencias sectoriales en el ámbito del Proyecto.

d) La Dirección General de Medio Ambiente someterá el proyecto aprobado inicialmente a información pública por un plazo de un mes. El acuerdo se publicará en el «Diario Oficial de Extremadura», y podrá disponerse su inclusión en los medios de comunicación regional de mayor difusión en el ámbito territorial afectado.

Finalizado aquel plazo, la Dirección General de Medio Ambiente examinará las alegaciones y las responderá razonadamente, todo ello en el plazo de dos meses.

La Dirección General de Medio Ambiente, a la vista del resultado de la información pública, acordará la aprobación definitiva del Proyecto con las modificaciones que, en su caso, resultasen pertinentes. Si dichas modificaciones implicasen, a juicio de la Dirección redactora, un cambio sustancial en el contenido del Proyecto, antes de la aprobación definitiva se someterá a un segundo y último trámite de información pública con los mismos requisitos que el anterior.

e) El Proyecto así aprobado definitivamente será sometido a informe del Consejo Asesor de Medio Ambiente de Extremadura, el cual deberá evacuarlo en un plazo de un mes.

f) Posteriormente se elevará todo el expediente así instruido a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo, la cual emitirá y adjuntará su informe sobre la regularidad del procedimiento antes de remitirlo para su ulterior informe al Gabinete Jurídico de la Junta de Extremadura.

4. Finalmente, la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo elevará la propuesta del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales al Consejo de Gobierno, al cual corresponde su aprobación.

5. Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales determinarán su vigencia, así como las causas que determinen su revisión. Podrán modificarse siguiendo el mismo procedimiento que el descrito para su elaboración.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-07-1998 en vigor desde 21-08-1998