Articulo 12 Ayudas extraordinarias por asesoramiento técnico en materia de sanid...s y precios públicos
Articulo 12 Ayudas extrao...s públicos

Articulo 12 Ayudas extraordinarias por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos

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Artículo 12. Procedimiento de concesión.

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1. Las subvenciones se concederán de forma directa en la forma prevista en este artículo:

a) El órgano instructor publicará en el plazo máximo de 15 días hábiles desde el transcurso de los plazos de presentación y, en su caso, subsanación, previstos en el apartado 4 del artículo 10 en el portal web Juntaex https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola relación provisional de ATESVE beneficiarias, la cuantía de la subvención a recibir y las incidencias detectadas. Se indicará dicha publicación mediante anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

b) En el plazo de los 10 días hábiles, computados desde la publicación de dicha relación provisional, las beneficiarias podrán presentar alegaciones y justificaciones para que se modifiquen los datos de la relación provisional en el sentido que estimen conducentes a sus derechos.

c) Todos los plazos de los trámites que deban realizar las beneficiarias serán improrrogables.

d) Instruirá el procedimiento el Servicio de Sanidad Vegetal de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, quien formulará propuesta de resolución que no será objeto de notificación. Resolverá y comunicará la resolución la persona titular de la Secretaría General en el plazo máximo de cuarenta y cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del listado provisional al que se refiere la letra a). En caso de falta de comunicación de resolución expresa en el plazo máximo indicado las interesadas podrán entender desestimadas por silencio administrativo las solicitudes, a los efectos de su impugnación. La resolución no pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó, o bien directamente ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, quien es la competente para resolverlo. El plazo se computará en la forma establecida en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

e) Todos los actos administrativos integrantes, tanto del procedimiento principal de concesión de las subvenciones, como los conexos tales como el de comprobación, justificación, declaración de pérdida del derecho al cobro, de reintegro, de modificación de la resolución y similares se notificarán a las personas interesadas a través de la Plataforma Laboreo. La persona interesada recibirá un aviso SMS al dispositivo electrónico obligatoriamente designado para ello mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en el portal https://laboreo.juntaex.es

f) Las subvenciones concedidas serán objeto de publicación en el Portal de Subvenciones y en el DOE, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos de la publicidad, en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se publicarán también en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.

2. Los datos de carácter personal relativos a las subvenciones gestionadas formarán parte de la actividad de tratamiento "Ayudas y Subvenciones", que se encuentra dada de alta en el fichero de datos de carácter personal del Registro de Actividades de Tratamiento de Datos de Carácter Personal de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, que se encuentra accesible en la web de la misma Consejería.