Articulo 12 Agencia para ... -eu-LISA-

Articulo 12 Agencia para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia -eu-LISA-

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Artículo 12. Calidad de los datos

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1. Sin perjuicio de la responsabilidad de los Estados miembros en relación con los datos introducidos en los sistemas cuyo funcionamiento es responsabilidad de eu-LISA, eu-LISA, en estrecha colaboración con sus grupos consultivos, establecerá, para todos los sistemas cuyo funcionamiento es responsabilidad de la Agencia, mecanismos y procedimientos automatizados de control de la calidad de los datos, indicadores comunes de calidad de los datos y normas de calidad mínimas relativas al almacenamiento de los datos, de conformidad con las disposiciones pertinentes de los instrumentos jurídicos de los sistemas del artículo 37 del Reglamento (UE) 2019/817 (*) y (UE) 2019/818 (**) del Parlamento Europeo y del Consejo.

2. eu-LISA establecerá un repositorio central, que contenga únicamente datos anonimizados, de informes y estadísticas de conformidad con el artículo 39 del Reglamento (UE) 2019/817 y (UE) 2019/818 sujeto a las disposiciones específicas de los instrumentos jurídicos que rigen el desarrollo, establecimiento, funcionamiento y uso de todos los sistemas informáticos de gran magnitud gestionados por la Agencia.

(*) Reglamento (UE) 2019/817 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativo al establecimiento de un marco para la interoperabilidad de los sistemas de información de la UE en el ámbito de fronteras y visados y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 767/2008, (UE) 2016/399, (UE) 2017/2226, (UE) 2018/1240, (UE) 2018/1726 y (UE) 2018/1861 del Parlamento Europeo y del Consejo, y las Decisiones 2004/512/CE y 2008/633/JAI del Consejo (DO L 135 de 22.5.2019, p. 27).

(**) Reglamento (UE) 2019/818 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativo al establecimiento de un marco para la interoperabilidad entre los sistemas de información de la UE en el ámbito de cooperación policial y judicial, asilo y migración y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 603/2013, el Reglamento (UE) 2018/1862, el Reglamento (UE) 2019/816 y el Reglamento (UE) 2018/1726 (DO L 135 de 22.5.2019, p. 85).