Articulo 119 Pesca de Galicia

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Artículo 119º.-Objetivos.

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El objetivo del régimen de inspección, control, salvamento marítimo y lucha contra la contaminación es garantizar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de pesca, marisqueo y acuicultura, vigilar e inspeccionar las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley, prever y realizar todas aquellas actuaciones necesarias para la protección de los recursos marinos en todas sus fases, desde la captura o producción hasta la fase final de la comercialización, apoyar a la flota pesquera gallega, prestar servicios de búsqueda, rescate y salvamento marítimo y prever y luchar contra la contaminación del medio marino.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-12-2008 en vigor desde 16-12-2009