Articulo 119 normas finan...e la Unión

Articulo 119 normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión

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Artículo 119. Programa de trabajo del auditor interno

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1. El auditor interno aprobará el programa de trabajo y lo presentará a la institución de la Unión de que se trate.

2. Cada institución de la Unión podrá solicitar de su auditor interno la realización de auditorías que no figuren en el programa de trabajo mencionado en el apartado 1.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2018 en vigor desde 02-08-2018