Articulo 119 Educación de Andalucía

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Artículo 119. Adaptación de las pruebas al alumnado con necesidades educativas especiales.

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La Administración educativa adaptará al alumnado con necesidades educativas especiales las diferentes pruebas de acceso a enseñanzas o para la obtención de titulaciones que se recogen en la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2007 en vigor desde 25-01-2008