Articulo 119 Educación de Andalucía
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 119. Adaptación de las pruebas al alumnado con necesidades educativas especiales.
Vigente
La Administración educativa adaptará al alumnado con necesidades educativas especiales las diferentes pruebas de acceso a enseñanzas o para la obtención de titulaciones que se recogen en la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2007 en vigor desde 25-01-2008