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Articulo 119 Actividad física y deporte de I. Balears

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Artículo 119. Formación e investigación

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La administración deportiva de las Illes Balears, en el ámbito de sus competencias, impulsará la formación y la investigación científica y técnica relacionada con la actividad física y el deporte, así como su desarrollo tecnológico, de acuerdo con la evolución europea y mundial en este ámbito.

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  • Texto Original. Publicado el 11-02-2023 en vigor desde 03-03-2023