Articulo 118 Reglamento General del Mutualismo Administrativo
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»Artículo 118. Modalidades de las prestaciones.
Vigente
La Mutualidad General, en el ámbito de protección a la familia, otorgará las siguientes prestaciones:
a) Las prestaciones familiares por hijo a cargo minusválido, que serán de pago periódico.
b) Las ayudas económicas en los casos de parto múltiple, de pago único, que consistirán en un subsidio especial por maternidad y en una prestación económica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2003 en vigor desde 12-04-2003