Articulo 118 Reglamento G...nistrativo

Articulo 118 Reglamento General del Mutualismo Administrativo

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Artículo 118. Modalidades de las prestaciones.

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La Mutualidad General, en el ámbito de protección a la familia, otorgará las siguientes prestaciones:

a) Las prestaciones familiares por hijo a cargo minusválido, que serán de pago periódico.

b) Las ayudas económicas en los casos de parto múltiple, de pago único, que consistirán en un subsidio especial por maternidad y en una prestación económica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-04-2003 en vigor desde 12-04-2003