Articulo 118 Régimen específico de tasas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 118. Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de estas tasas la concesión de las autorizaciones administrativas a las actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera, como también las inscripciones, la concesión de las autorizaciones administrativas a los organismos de control en materia de atmósfera, la concesión de las autorizaciones por emisiones de gases de efecto invernadero y la revisión de los informes de emisiones, la inscripción al registro de huella de carbono y la entrega de los planes de reducción de emisiones.
Modificaciones
- Modificación realizada (118) por Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2022
(BOIB de 30-12-2021) en vigor desde 01-01-2022 - Modificación realizada (118) por Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2013
(BOIB de 29-12-2012) en vigor desde 01-01-2013 - Artículo modificado por Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico-administrativas.
(BOIB de 29-12-2007) en vigor desde 01-01-2008