Articulo 118 Patrimonio de La Rioja

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Artículo 118. Prescripción de los derechos sobre bienes patrimoniales.

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Los derechos sobre los bienes de dominio privado prescriben en contra de la Comunidad Autónoma de La Rioja con arreglo a lo establecido en el Derecho privado.

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  • Texto Original. Publicado el 25-10-2005 en vigor desde 25-12-2005