Articulo 117 Reestructura...nistrativa

Articulo 117 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 117. Modificación del artículo 8.3 de la Ley 9/1991

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el apartado 3 del artículo 8 de la Ley 9/1991, que queda redactado del siguiente modo:

"3. Los vocales del Consejo Asesor son nombrados y separados por el consejero o consejera competente en materia de energía, una vez escuchados las entidades, los organismos o las administraciones a que pertenezcan. El cargo de miembro del Consejo Asesor no es remunerado."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011