Articulo 117 Agraria
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»Artículo 117. Programa PROFOR.
Vigente
El Programa de Formación de Regantes (PROFOR) adscrito a la Dirección General competente en materia de regadíos se desarrollará en función de las peticiones o necesidades del sector, según las líneas que marquen las Direcciones Generales con competencias en materia de producción agraria, desarrollo rural y medio ambiente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-03-2015 en vigor desde 26-06-2015