Articulo 117 Administración digital
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»Artículo 117. Órgano de coordinación.
Vigente
La Comisión de Seguridad y Gobierno Electrónico actuará como órgano de coordinación, desarrollando a tal fin las funciones previstas en el artículo 121.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-07-2019 en vigor desde 15-08-2019