Articulo 116 Régimen local de C. Valenciana
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»Artículo 116. Propuestas de resolución.
Vigente
1. Los grupos municipales o una cuarta parte de los miembros de la corporación podrán presentar al Pleno propuestas para su debate y votación.
2. Se incluirán en el orden del día las propuestas presentadas con diez días naturales de antelación a la fecha del Pleno ordinario. Si la propuesta se presentara pasado dicho plazo sólo podrá procederse a su debate y votación plenaria mediante acuerdo previo que aprecie su urgencia adoptado por mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-06-2010 en vigor desde 14-07-2010