Artículo 115 TR. de la Ley de finanzas públicas
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»Artículo 115. Publicidad de las evaluaciones de políticas públicas.
Vigente
Las evaluaciones de políticas públicas que realice la Administración de la Generalidad y las entidades de su sector público se publicarán en la forma y por los canales establecidos en la normativa de transparencia y buen gobierno.
Modificaciones
- Modificación realizada (115 (se añade)) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(DOGC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020 - Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-05-2020