Articulo 115 Reglamento d...al General

Articulo 115 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 115. Grabación de la vista

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Previa petición debidamente justificada, el Presidente del Tribunal General podrá autorizar a una de las partes que haya participado en la fase escrita u oral del procedimiento a escuchar, en los locales del Tribunal, la grabación sonora de la vista oral en la lengua utilizada por los oradores en dicha vista.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2015 en vigor desde 01-07-2015