Articulo 115 Reglamento del IRPF
Articulo 115 Reglamento del IRPF

Articulo 115 Reglamento del IRPF

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 115. -Obligaciones de los contribuyentes acogidos a la modalidad normal del método de estimación directa.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Además del libro de operaciones económicas a que se refiere el artículo anterior, los contribuyentes que desarrollen actividades económicas cuyo rendimiento se determine en la modalidad normal del método de estimación directa, salvo que la actividad económica realizada no tenga carácter mercantil, estarán obligados a llevar contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2014 en vigor desde 24-04-2014