Articulo 115 Régimen específico de tasas
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»Artículo 115. Sujeto pasivo.
Vigente
Son sujetos pasivos aquellos que soliciten los servicios a los que se refiere el hecho imponible o los que se vean afectados.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2019
(BOIB de 29-12-2018) en vigor desde 01-01-2019