Articulo 115 Patrimonio de Navarra

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Artículo 115. Comisión de auditoría y control.

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Las sociedades públicas que, de acuerdo con la normativa aplicable, estén obligadas a someter sus cuentas a auditoría deberán constituir una comisión de auditoría y control, dependiente del Consejo de administración, con la composición y funciones que se determinen.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 13-05-2007