Articulo 115 Patrimonio de Navarra
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»Artículo 115. Comisión de auditoría y control.
Vigente
Las sociedades públicas que, de acuerdo con la normativa aplicable, estén obligadas a someter sus cuentas a auditoría deberán constituir una comisión de auditoría y control, dependiente del Consejo de administración, con la composición y funciones que se determinen.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 13-05-2007